
DETERMINACIÓN DE LOS
INGRESOS FAMILIARES REFERENCIADOS AL NÚMERO DE VECES DEL IPREM A EFECTOS DEL
DERECHO A OBTENCIÓN DE AYUDAS Y BENEFICIOS EN LAS ACTUACIONES PROTEGIDAS DE
VIVIENDAS. PLAN ESTATAL Y AUTONÓMICOS.
Los ingresos de la unidad familiar constituyen el factor principal que determina
el derecho a la obtención de los beneficios previstos en el Plan Estatal y
Autonómicos. El Plan Estatal regula la determinación y la acreditación de
dichos ingresos familiares y su referencia al número de veces del IPREM, que a
su vez puede ser ponderado a la baja según condiciones. Los
diferentes Planes regulan la cuantificación de los ingresos, de la unidad
familiar en base al IPREM, así como, la fecha que sirve de base para determinar
los mismos en base a la formalización del contrato de compraventa y a la
formalización del Impuesto de las Rentas de las Personas Físicas para poder
obtener las diferentes ayudas económicas, tanto Autonómicas como Estatales.
Los ingresos serán acreditados mediante la cuantía de la base imponible
general y del ahorro, casillas nº 455 y 465 del Impuesto de la Renta de las
Personas Físicas correspondientes a las declaraciones presentadas por cada uno
de los miembros de la unidad familiar relativa al último periodo impositivo con
plazo de presentación vencida, en el momento de la solicitud del préstamo
convenido o ayuda financiera a la vivienda, hechos que se dan en la firma del
contrato privado de compraventa o en la escritura si el primero no se lleva a
cabo.
El indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) viene definido
en el Real Decreto Ley 3/2004 de 25 de junio, que se considera unidad de medida
para la determinación de la cuantía de los ingresos familiares, en su cómputo
anual, incluyendo dos pagas extras. Su valor se determina anualmente y deberá de
tomarse el que corresponda al año de los ingresos en nuestro caso al año del
IRPF con plazo vencido.
A continuación detallamos en función de la formalización del contrato
privado y/o escritura de compraventa la cuantía por años y la renta
correspondiente.
|
PERÍODO FORMALIZACIÓN CONTRATO PRIVADO Y/O ESCRITURA |
IRPF |
IPREM |
|
|
AÑO |
IMPORTE |
||
|
Desde 01-Julio-07 Hasta
30-Junio-08 (1) |
Año 2006 |
2006 |
6.707,40 € |
|
Desde 01-Julio-08 Hasta
30-Junio-09 (2) |
Año 2007 |
2007 |
6.988,80 € |
|
Desde 01-Julio-09 Hasta
30-Junio-10 (3) |
Año 2008 |
2008 |
7.236,60 € |
|
Desde 01-Julio-10 Hasta
30-Junio-11 (4) |
Año 2009 |
2009 |
7.381,33 € |
|
Desde 01-Julio-11 Hasta
30-Junio-12 (5) |
Año 2010 |
2010 |
7.455,14 € |
|
Desde 01-Julio-12 Hasta
30-Junio-13 (6) |
Año 2011 |
2011 |
7.455,14 € |
|
Desde 01-Julio-13 Hasta
30-Junio-14 (7) |
Año 2012 |
2012 |
7.455,14 € |
Recordamos que la cuantía de ingresos declarados puede ser corregida mediante
coeficientes que van en función del número de miembros de la unidad familiar,
familias numerosas; familiares monoparentales con hijos y personas dependientes
o con discapacidad oficialmente reconocida y las familias que los tengan a su
cargo, y otros.
Adjuntamos una tabla en la que relacionamos el número de veces del IPREM
con ingresos familiares anuales.
|
Nº VECES
IPREM HASTA |
RENTA/IPREM
AÑO |
||||||
|
2006 (1) |
2007 (2) |
2008 (3) |
2009 (4) |
2010 (5) |
2011 (6) |
2012 (7) |
|
|
1 |
6.707,40 € |
6.988,80 € |
7.236,60 € |
7.381,33 € |
7.455,14 € |
7.455,14 € |
7.455,14 € |
|
1,5 |
10.061,10 € |
10.483,20 € |
10.854,90 € |
11.072,00 € |
11.182,71 € |
11.182,71 € |
11.182,71 € |
|
2,5 |
16.768,50 € |
17.472,00 € |
18.091,50 € |
18.453,33 € |
18.637,85 € |
18.637,85 € |
18.637,85 € |
|
3,5 |
23.475,90 € |
24.460,80 € |
25.328,10 € |
25.834,66 € |
26.092,99 € |
26.092,99 € |
26.092,99 € |
|
4,5 |
30.183,30 € |
31.449,60 € |
32.564,70 € |
33.215,99 € |
33.548,13 € |
33.548,13 € |
33.548,13 € |
|
5,5 |
36.890,70 € |
38.438,40 € |
39.801,30 € |
40.597,32 € |
41.003,27 € |
41.003,27 € |
41.003,27 € |
|
6,5 |
43.598,10 € |
45.427,20 € |
47.037,90 € |
47.978,65 € |
48.458,41 € |
48.458,41 € |
48.458,41 € |
También debemos recordar que la cuantía de los ingresos ponderados y
referidos al IPREM es la que da derecho al acceso al régimen de vivienda y de
alquiler, así como, a las ayudas que establecen los Planes Estatales y
Autonómicos.