Conflicto IVA/ITP
Renuncia a la renuncia de la exención del IVA en entregas inmobiliarias: IVA vs TPO
Según recoge la Ley del IVA, en su artículo 20.Uno.20º) y 22º), las entregas inmobiliarias recogidas en los mismos estarán sujetas, pero exentas, por lo que en principio deberían tributar por el impuesto de ITPyAJD en su modalidad de TPO, pero si reúne unos ciertos requisitos, la LIVA permite la renuncia a la exención del IVA de manera que la operación no tributará por TPO, si no por IVA y por AJD (artículo 20.Dos).
Conflicto IVA/ITP. Según el TEAC la repercusión del IVA prevalece sobre la renuncia a la exención.
Interesante fallo en la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 18 de abril de 2013, en el que dicho Tribunal, aceptando la doctrina del Tribunal Supremo y de los Tribunales Inferiores, y en acatamiento de las mismas, cambia el criterio que había mantenido hasta la fecha, para calificar los conflictos entre IVA e ITP.
Conflicto IVA - ITP: Todos contra uno, uno contra todos
En las relaciones de fiscalidad con la Administración Tributaria, uno de los temas más indefinidos y donde el Obligado Tributario y/o sujeto pasivo, se encuentra más indefenso es sin lugar a dudas, cuando un mismo hecho imponible, se sujeta tanto a IVA como a ITP, de una manera conjunta e indiscriminada, tanto por la Administración Tributaria Estatal, como por la Administración Tributaria Autonómica.