31/07/2013

AGENCIA TRIBUTARIA ANDALUZA: CIEN RAZONES Y UN AUTO DE TSJA PARA RECURRIR.

Hasta ahora todas aquellas personas y/o contribuyentes vulnerables que venimos recurriendo los diferentes actos de la Agencia Tributaria, tanto en gestión como liquidación, inspección y sanciones teníamos, entre otros, podemos tener cien razones para recurrir los mismos, a partir de ahora también tenemos un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, parece ser que con fecha 17 de mayo de 2013, en el que plantea una cuestión de inconstitucionalidad contra el Decreto-Ley 2/2013, de 12 de marzo del Gobierno Andaluz que acordó convalidar todos los actos administrativos de la Agencia Tributaria de Andalucía, tras la aprobación de los Estatutos de esta entidad y que fueron anulados por otra sentencia del alto Tribunal Andaluz.

Hasta ahora todas aquellas personas y/o contribuyentes vulnerables que venimos recurriendo los diferentes actos de la Agencia Tributaria Andaluza, tanto en gestión como liquidación, inspección y sanciones, entre otros, teníamos cien razones para recurrir los mismos, a partir de ahora también tenemos un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, parece ser que con fecha 17 de mayo de 2013, en el que plantea una cuestión de inconstitucionalidad contra el Decreto-Ley 2/2013, de 12 de marzo del Gobierno Andaluz que acordó convalidar todos los actos administrativos de la Agencia Tributaria de Andalucía, tras la aprobación de los Estatutos de esta entidad y que fueron anulados por otra sentencia del alto Tribunal Andaluz. (Ver noticias relacionadas)

Tirando de Hemeroteca y leyendo el Diario de Sesiones del Pleno de Andalucía número 34, celebrado el 3 de abril de 2013, el orden del día llevaba el punto 9-13/DL-000002. Convalidación o derogación del Decreto Ley 2/2013, de 12 de marzo, por el que se confirman determinados actos de la Agencia Tributaria de Andalucía, podemos leer como se llevó a cabo la tramitación del mismo y el resultado de la votación.

La solicitud de la convalidación del Decreto-Ley fue llevada a cabo por la Consejera de Hacienda y Administración Pública, la Sra. Martínez Aguayo, para "dotar" de seguridad jurídica a todos los actos que habían sido dictados por la Agencia Tributaria y evitar que se demorara la gestión recaudatoria, y en palabras textuales de la Consejera "evitar, así mismo, un abuso del derecho a apelar por parte de los recurrentes por un vicio de forma", apelando a la aprobación del Decreto Ley por estar ante una causa de extraordinaria y urgente necesidad, eso sí, olvidando que la Sentencia TSJ AND 7669/2011 declarando nulo de pleno derecho el Decreto 324/09 fue el 25 de febrero de 2011 y que la Sentencia del Tribunal Supremo 4703/2012 por el que falla que da no lugar a Recurso de Casación interpuesto por la letrada de la Junta de Andalucía fue de fecha 31 de mayo de 2012. (ver anexo)

Desde este portal seguimos animando a los contribuyentes vulnerables de la Comunidad Autónoma Andaluza a que hagan uso, que no abuso, de su derecho a apelar y/o a recurrir todos los actos dictados por la Agencia Tributaria Andaluza, que así lo estimen oportuno, y a la vista del auto que ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, incluso nos atreveríamos a decir, que también se recurrieran todos los actos dictados por la Agencia Tributaria Andaluza, aunque solamente pusiésemos como alegación que dichos actos son anulables por haber sido convalidados mediante el Decreto Ley y no confirmados por un Proyecto de Ley. Debemos de comprobar que los actos hayan sido iniciados por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Agencia Tributaria de Andalucía, Coordinación Territorial correspondiente, a partir de 15 de septiembre de 2009 y hasta 26 de enero de 2012, y que en su día tuvieron ser anulados por los Tribunales, y que en una segunda vez hayan sido enviado nuevamente por la Agencia Tributaria Andaluza, basándose en que los mismos han sido convalidados por el Decreto Ley 2/2013, de 12 de marzo.

Anexo:

.- 9-13/DL-000002. Convalidación o derogación del Decreto Ley 2/2013, de 12 de marzo, por el que se confirman determinados actos de la Agencia Tributaria de Andalucía. (Diario de Sesiones del Parlamento de Andalucía).

 

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Fuente: www.unproblemadetodos.com
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