Calcule el valor fiscal de su inmueble urbano según la Junta de Andalucía
Desde este portal y para facilitar el cálculo del valor real de los bienes inmuebles de los diferentes Municipios Andaluces, tanto para los compradores y vendedores de viviendas, como para los profesionales del sector y todas aquellas personas interesadas, publicamos las tablas de los coeficientes aplicables al valor catastral de los bienes inmuebles urbanos.
La Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, publica todos los años las Órdenes por las que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral, para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los hechos imponibles en los impuestos cedidos.
Debido a que durante los años 2011, 2012, 2013 y 2014, la Junta de Andalucía ha venido prorrogando las Órdenes, llevando a confusión a la hora de aplicar los coeficientes a los valores catastrales según la fecha del devengo del hecho imponible, mediante la consulta de estas tablas se podrá calcular para dichos años, el valor real del bien inmueble, para lo cual se deben de seguir los siguientes pasos:
A) Determinar la fecha del devengo del hecho imponible.
B) Fijar el coeficiente aplicable al valor catastral del bien inmueble urbano correspondiente al año del devengo.
C) Multiplicar dicho coeficiente por el valor catastral correspondiente al año del devengo.
Sería conveniente para evitar incidencias el confirmar el coeficiente de actualización que recogen las tablas que publicamos con el coeficiente de actualización que recogen las diferentes Órdenes para cada municipio.
TABLAS |
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Así mismo, la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en su portal web de la Agencia Tributaria, pone a disposición de aquellas personas que quieran hacer uso del mismo, una aplicación para calcular el valor mínimo a declarar de bienes inmuebles de naturaleza urbana.
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