¿CÓMO TRIBUTARÁN LOS PAGOS ANTICIPADOS POR COMPRA DE VIVIENDA HASTA FINAL DEL AÑO?

Una vez más, traemos a nuestro portal , las dudas que para muchos se siguen manteniendo sobre la aplicación del tipo superreducido del 4% del IVA, a los pagos anticipados realizados durante el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011, para aquellos inmuebles cuya entrega se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2011. Desde un primer momento, mantuvimos la opinión de que dichas entregas de cantidades a cuenta, debían de tributar al 4%, entre otros motivos por imperativo de la Comunidad Europea al asimilar la operación de entrega de cantidades a cuenta como si fuera igual a la operación de entregas de viviendas.
Una vez más, traemos a nuestro portal , las dudas que para muchos se siguen manteniendo sobre la aplicación del tipo superreducido del 4% del IVA, a los pagos anticipados realizados durante el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011, para aquellos inmuebles cuya entrega se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2011. Desde un primer momento, mantuvimos la opinión de que dichas entregas de cantidades a cuenta, debían de tributar al 4%, entre otros motivos por imperativo de la Comunidad Europea al asimilar la operación de entrega de cantidades a cuenta como si fuera igual a la operación de entregas de viviendas. Vea noticia relacionada.
La propia Comunidad Europea tiene abierto al Gobierno de España un expediente de sanción, por haber aplicado el IVA del 4% saltándose el suelo que fija dicha Comunidad para este tipo de operaciones. Tenemos que decir con honestidad que a la fecha no sabemos cuál es el suelo que será fijado para este tipo de operaciones, y que en la práctica, será el que el nuevo Gobierno del Partido Popular, tenga en cuenta para aplicarlas en la Normativa que se comprometió en período electoral, y que desarrolle el tipo impositivo de IVA a aplicar a la entrega de viviendas y a los pagos anticipados por compra de dichas viviendas, y para que de esta manera seguir incentivando la compraventa de vivienda.
Aunque en algunas ocasiones hemos leído que ya la Dirección General de Tributos, y este portal así también lo ha publicado, había dado una respuesta en sentido afirmativo, a que la entrega de cantidades a cuenta desde el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011 tributarían al 4%, independientemente de que la entrega de dicho inmueble se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2011, esto no es cierto, pero sí que es verdad que la propia Agencia Tributaria ha colgado en su portal con fecha 23 de septiembre de 2011, y dentro del apartado Le interesa, Preguntas Frecuentes, Aplicación del Tipo Superreducido del 4% a la entrega de viviendas, la respuesta que confirma en este sentido que estamos manifestando y esperando por parte de un Organismo Público, y que trascribimos literalmente:
¿Cómo tributan los pagos anticipados realizados durante el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011? |
Anexo:.- Documento Agencia Tributaria: APLICACIÓN DEL TIPO SUPERREDUCIDO DEL 4% A LA ENTREGA DE VIVIENDAS.
