25/02/2013

COEFICIENTES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL AÑO 2013: LA JUNTA DE ANDALUCÍA DE ESPALDA AL MERCADO INMOBILIARIO (I).

Con fecha 25 de febrero de 2013 ha sido publicada en el BOJA nº 39, la Orden de 13 de febrero de 2013, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones para el año 2013, por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

Con fecha 25 de febrero de 2013 ha sido publicada en el BOJA nº 39, la Orden de 13 de febrero de 2013, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones para el año 2013, por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

La Orden tendrá efectos desde el 26 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2013, aunque si la Junta de Andalucía mantiene lo acaecido para el año 2011, 2012 y 2013, dicha Orden se prorrogará durante los primeros meses del año 2014, con el consiguiente sobrecoste fiscal para el sujeto pasivo.

Desde este portal siempre hemos mantenido por un lado que la prórroga de las Órdenes por las que se aprueban los coeficientes catastrales no está conforme a derecho, por lo que puede ser recurrida, y así mismo, las propias Órdenes están basadas en una metodología oscura y sin ningún tipo de trasparencia en cuanta información sobre datos y parámetros económicos enunciados en la misma.

Acompañamos un cuadro a título meramente orientativo donde mostramos la evolución de los coeficientes aplicables a valor catastral en su variación porcentual desde el año 2010 al 2013, y la variación del mercado inmobiliario desde el año 2009 al 2012, de las ocho capitales de provincia de Andalucía, donde queda de manifiesto la disparidad de los datos elaborados por la Junta de Andalucía y referenciados a los datos obtenidos por el Ministerio de Fomento del Gobierno de España.

Por último, como siempre dejar al usuario de este portal para que puedan analizar, meditar, y si lo creen oportuno recurrir sin miedo todas aquellas liquidaciones complementarias que le puedan venir dadas por las Oficinas Liquidadoras de la Junta de Andalucía, derivadas de una comprobación de valores en la que por aplicación de las Órdenes anteriormente aludida se incremente el valor declarado por el sujeto pasivo.

Anexo: 

.- EVOLUCIÓN COEFICIENTES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL 2010, 2011 Y 2012, Y VARIACIÓN PRECIO DE LA VIVIENDA AÑO 2009-2012 DE LAS CAPITALES DE PROVINCIA DE ANDALUCÍA.

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Fuente: www.unproblemadetodos.com
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