17/03/2014

COEFICIENTES CATASTRALES PRORROGADOS AÑO 2014: LA JUNTA DE ANDALUCÍA TIENE EN CUENTA Y ASUME LA ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES.

En el portal de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía ya ha sido modificada, en estos días, la aplicación para calcular la valoración de bienes inmuebles de naturaleza urbana, para que desde el mismo, los interesados, y en especial los contribuyentes, puedan llevar a cabo el cálculo del valor mínimo a declarar por los bienes inmuebles urbanos durante el año 2014, y en el que ya sí se contempla la actualización de los valores catastrales para el año 2014, de aquellos municipios que lo han llevado a cabo, y en especial de los 118 municipios cuya variación ha sido al alza, y que hasta la fecha, no se sabía con certeza, cómo calcular dicho valor, ya que por lo general, los contribuyentes en la antigua aplicación web al introducir el valor catastral del año 2014, lo multiplicaba por el coeficiente de la Orden del año 2013, con el consiguiente sobrecoste fiscal.

Recordemos que desde este portal, hemos publicado una serie de noticias, en orden a que por inactividad de la Junta de Andalucía, al no publicar la Orden para el año 2014, fijando los nuevos coeficientes, los contribuyentes de dicha Comunidad a  la hora de liquidar los impuestos de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, e Impuesto de Sucesiones y Donaciones, estaban soportando un sobrecoste fiscal en las autoliquidaciones que se estaban llevando a cabo desde primeros de año, ya que o bien se calculaba el valor mínimo a declarar por los bienes inmuebles urbanos durante el año 2014 desde la aplicación web del portal tributario, que aún no había sido modificado, o bien se aplicaba directamente al valor catastral del año 2014, el coeficiente fijado para el municipio en la Orden 2013 prorrogada, llevando por lo general a la confusión al contribuyente al aplicar unos cálculos que de una u otra manera, le llevaba a obtener una valoración del bien inmueble urbano, que no contemplaba la actualización de los valores catastrales en su municipio desde el 1 de enero de 2014.

Desde este portal nos congratulamos de que aunque tarde, y por la presión mediática que entre todos los contribuyentes vulnerables de la Comunidad Autónoma Andaluza, hayamos podido llevar a cabo, la Junta de Andalucía, ha rectificado su postura, llevando a cabo la modificación en la aplicación web de su portal, reconociendo de una manera fehaciente, que dichos valores deben ser aplicados desde el 1 de enero de 2014 hasta la publicación de la nueva Orden, fijando los nuevos coeficientes, con la importancia que esto pueda tener, a la hora de llevar a cabo los recursos contra las liquidaciones complementarias y expedientes de comprobación de valores que podamos recibir desde el 1 de enero de 2014 y en el que se apliquen los coeficientes catastrales de la Orden del año 2013, prorrogada para el año 2014.

 

CÁLCULAR EL VALOR MÍNIMO A DECLARAR DE BIENES INMUEBLES URBANOS PARA EL AÑO 2014 EN SU MUNICIPIO, SEGÚN EL PORTAL TRIBUTARIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.

 

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Fuente: www.unproblemadetodos.com
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