05/04/2013

COMPROBACIÓN DE VALORES: CARTA ABIERTA DE UN CIUDADANO ANDALUZ.

Desde este portal estamos manteniendo una postura firme en cuanto a la defensa que deben de llevar a cabo los contribuyentes relacionadas con las liquidaciones complementarias, derivadas de expedientes de comprobación de valores, llevadas a cabo por las Agencias Tributarias de las Comunidades Autónomas, entre las que se encuentran la Comunidad Autónoma Andaluza, y en especial en el medio empleado, consistente en la aplicación de las Órdenes por las que se publican los coeficientes aplicables a los valores catastrales a efectos del cálculo del valor comprobado en la liquidación de los impuestos cedidos de Trasmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados, e Impuestos de Sucesiones y Donaciones, que son utilizadas como si de patente de corso se tratara, con el solo fin de un afán recaudatorio, y lo que todavía lo agrava más es el oscurantismo y la falta de trasparencia en cuanto a la metodología empleada para la obtención de los coeficientes multiplicadores y que se acompaña con la publicación de dichas Órdenes, anualmente.

Desde este portal estamos manteniendo una postura firme en cuanto a la defensa que deben de llevar a cabo los contribuyentes relacionada con las liquidaciones complementarias, derivadas de expedientes de comprobación de valores, llevadas a cabo por las Agencias Tributarias de las Comunidades Autónomas, entre las que se encuentran la Comunidad Autónoma Andaluza, y en especial en el medio empleado, consistente en la aplicación de las Órdenes por las que se publican los coeficientes aplicables a los valores catastrales a efectos del cálculo del valor comprobado en la liquidación de los impuestos cedidos de Trasmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados, e Impuestos de Sucesiones y Donaciones, que son utilizadas como si de patente de corso se tratara, con el solo fin de un afán recaudatorio, y lo que todavía lo agrava más es el oscurantismo y la falta de trasparencia en cuanto a la metodología empleada para la obtención de los coeficientes multiplicadores y que se acompaña con la publicación de dichas Órdenes, anualmente.

Ya en octubre de 2011, y ultimamente con fecha 13 de diciembre de 2012, hemos venido hablando de cómo obtener pruebas para aportarlas en una defensa jurídica, ante este tipo de liquidaciones complementarias, concretamente para la Comunidad Autónoma Andaluza, pero que puede servir para todas aquellas Comunidades Autónomas, que apliquen este medio de comprobación de valores, solicitando a la Consejería de la misma, que nos facilitaran los valores y parámetros a la fecha del hecho imponible y que han servido de base para el cálculo del coeficiente de nuestro municipio a aplicar al valor catastral, y en especial los datos relativos al Coeficiente de Variación del Mercado Inmobiliario (CVMI). La Junta de Andalucía en respuesta a dichos escritos siempre ha contestado oponiéndose a facilitar dichos datos basándose en que solo están facultados para recibir los mismos y hacer alegaciones, las Organizaciones y Asociaciones representativas de los afectados.

El paso siguiente que dimos desde este portal es conocer qué Organizaciones y Asociaciones, concretamente en Andalucía defendían los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y afectados en este tipo de procedimientos, y para lo que escribimos a la Consejería de la Junta de Andalucía a fin de que nos lo notificara, recibiendo eso sí, contestación a nuestra solicitud, en el sentido de que dicho Procedimiento estaba regulado por una Resolución de la Dirección General de Financiación y Tributos, que entre otros términos, mediante Anexo se daba trámite de audiencia a través de las Asociaciones representativas de los afectados para personarse en el procedimiento antes de la aprobación definitiva del proyecto de las Órdenes, a las que aquí estamos haciendo referencia.

Pues bien, hoy publicamos modelo de carta que dirigimos a dichas Organizaciones y Asociaciones, y que también animamos a que lo hagan todas las personas, que así lo deseen, y se consideren afectadas, que constan en el anexo de la Resolución a la que antes hemos hecho referencia, demandando de las mismas el derecho a la información y el derecho a ser oídos en defensa de nuestros intereses legítimos en dichos procedimientos, y si han cumplido con la obligación de llevar a cabo las alegaciones oportunas a dichos Proyectos de Órdenes, antes de la aprobación de las mismas.

 

 

MODELO DE CARTA 

 
   

Ciudadano Andaluz

Domicilio

Municipio (Provincia) 

Organización o Asociación correspondiente

Domicilio postal/correo electrónico

Fecha

Muy Sres. míos:

Me dirijo a ustedes como una de las Organizaciones y Asociaciones reconocidas por la Ley que representa a los afectados en las Órdenes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por las que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles afectos por el Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, para los años 2012 y 2013, y que han sido publicadas en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, respectivamente, con fecha 21 de febrero de 2012, BOJA nº 35 y 25 de febrero de 2013, BOJA nº 39.

Teniendo conocimiento por la propia Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, que en base al artículo 45.1.c), de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se le dio audiencia durante un plazo de 15 días hábiles, por la Dirección General de Financiación y Tributos, para llevar a cabo las alegaciones que estimaran oportunas en defensa de los derechos e interés legítimo de los ciudadanos andaluces, le rogamos nos faciliten la siguiente documentación:

.- Escrito del Órgano competente de la Junta de Andalucía, dirigido a esa Organización y/o Asociación, donde se le da trámite de audiencia por un plazo de 15 días hábiles, para alegar lo que correspondiera en defensa de los derechos e interés legítimo de los ciudadanos andaluces, en cuanto al Proyecto de las Órdenes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para los años 2012 y 2013, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles.

.- Si han publicado o notificado por algún medio, a sus asociados o a los afectados en general, este procedimiento con el objeto de que los mismos, pudieran hacerle llegar las alegaciones que entendieran oportunas en defensa de sus intereses.

.- Las Alegaciones que hayan realizado a dichos Proyectos de Órdenes, para los años 2012 y 2013, con la documentación aportada, para la defensa de los derechos e interés legítimo de los ciudadanos andaluces.

.- Para el supuesto de que hayan llevado a cabo alegaciones en los términos arriba expresados, nos comuniquen donde han sido publicadas a efectos de que los ciudadanos andaluces a los que representan hayan podido tener conocimiento de las mismas.

.- Y por último, si la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía una vez aprobadas las Órdenes, para los años 2012 y 2013, por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles, les ha entregado los estudios de mercado y los parámetros económicos que han servido de base para obtener dichos coeficientes en los respectivos municipios de nuestra Comunidad Autónoma, en especial a los que hacen referencia al cálculo del Coeficiente de Variación del Mercado Inmobiliario (CVMI) para cada uno de ellos.

Es espera de sus prontas noticias,

Atentamente,

Un Ciudadano Andaluz.

 

Descargue el modelo en word. 

 

   

 

Para consulta sobre esta noticia/información: contacta@unproblemadetodos.com

Fuente: www.unproblemadetodos.com
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