22/10/2013

COMPROBACIÓN DE VALORES: EL TEAR DE ANDALUCÍA IMPONE CORDURA.....POR AHORA.

Por fin, y gracias a los recursos interpuestos en los procedimientos contenciosos-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y cuyos fallos han sido estimatorios a favor del sujeto pasivo, en relación a las liquidaciones complementarias que lleva a cabo la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía basándose en el método de comprobación por aplicación de los coeficientes multiplicadores a valor catastral, podemos decir que el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, a partir de primero de este año, de una manera ya generalizada, y al asumir el criterio reiterado y seguido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, parece ser, que está estimando todas aquellas reclamaciones interpuestas, siempre y cuando que en el expediente de comprobación de valores enviado por la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, no se haya determinado cómo se alcanza el valor catastral del inmueble actualizado a la fecha de trasmisión.

Por fin, y gracias a los recursos interpuestos en los procedimientos contenciosos-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y cuyos fallos han sido estimatorios a favor del sujeto pasivo, en relación a las liquidaciones complementarias que lleva a cabo la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía basándose en el método de comprobación por aplicación de los coeficientes multiplicadores a valor catastral, podemos decir que el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, a partir de primero de este año, de una manera ya generalizada, y al asumir el criterio reiterado y seguido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, parece ser, que está estimando todas aquellas reclamaciones interpuestas, siempre y cuando que en el expediente de comprobación de valores enviado por la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, no se haya determinado cómo se alcanza el valor catastral del inmueble actualizado a la fecha de trasmisión.

Entendemos que el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, ha impuesto cordura a las comprobaciones de valores tan desproporcionadas que está llevando a cabo la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, anulando las liquidaciones complementarias que se derivaban de las mismas, en la que prevalece el afán recaudatorio amparándose en una normativa confusa y nada transparente, como son las Órdenes que aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de lo bienes inmuebles urbanos, publicadas anualmente por la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Como siempre y por último, aconsejamos que previo asesoramiento, a todas aquellos contribuyentes-sujetos pasivos, inmersos en un procedimiento de liquidación complementaria por incremento de la base imponible en los valores comprobados por la Administración Tributaria, y en especial las procedentes por aplicación de los coeficientes aplicables al valor catastral, a que recurran dichas liquidaciones y expedientes de comprobación ante los Tribunales, sin miedo, dando un paso al frente, interponiendo el recurso correspondiente, suspendiendo el pago de la liquidación girada mediante la solicitud a la reserva del derecho a promover la tasación pericial contradictoria, y llevando a cabo las alegaciones pertinentes.

Esperemos que los diferentes Tribunales Económicos Administrativos Regionales de las Comunidades Autónomas en las que tienen aprobado y publicado, en sus boletines oficiales, los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, como son, además de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla La Mancha y Extremadura, sigan esta línea en favor de los intereses del sujeto pasivo.

 

Enlaces:

.- Cronología y referencias de algunas Sentencias y Resoluciones estimatorias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, respectivamente.

 

Noticias relacionadas:

.- EL TEAR DE ANDALUCÍA Y LAS COMPROBACIONES DE VALORES EN BASE A LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES DE LOS VALORES CATASTRALES.

.- EL TSJ DE ANDALUCÍA Y LAS COMPROBACIONES DE VALORES EN BASE A LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES DE LOS VALORES CATASTRALES.

 

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Fuente: www.unproblemadetodos.com
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