A continuación, relacionamos los Títulos que recogen 91 artículos, las 12 Disposiciones Adicionales, las 11 Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y 13 Disposiciones Finales para que con su lectura y análisis el lector pueda sacar sus propias conclusiones, ya que debido a la variedad de las materias que aborda, así como a la diversa legislación que modifica, será necesario más que un estudio de dicha normativa, apuntarse a un curso monográfico sobre la misma.
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
[Preámbulo]
TÍTULO I. Medidas en materia económica.
TÍTULO II. Medidas fiscales y en materia de financiación local.
TÍTULO III. Medidas en materia energética.
TÍTULO IV. Medidas de apoyo para paliar la sequía.
TÍTULO V. Medidas en materia de transportes.
TÍTULO VI. Medidas de carácter social.
[Disposiciones adicionales]
Disposición adicional primera. Ampliación de plazos de ejecución de proyectos de la línea de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Disposición adicional segunda. Ampliación de plazos de ejecución de determinadas ayudas convocadas para el sector turístico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Disposición adicional tercera. De la gestión de presupuestos docentes a que se refiere la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Disposición adicional cuarta. Concesión por las Delegaciones de Economía y Hacienda de aplazamientos y/o fraccionamientos, con dispensa de garantía, del pago de deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras, derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas o de préstamos concedidos por la Administración General del Estado.
Disposición adicional quinta. Prórroga de los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y del Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.
Disposición adicional sexta. Evaluación de la obligación de declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios electrónicos.
Disposición adicional séptima. Dotación extraordinaria para incrementar la financiación a las Entidades Locales, con motivo de los saldos globales negativos de las liquidaciones de la participación en tributos del Estado relativas al ejercicio 2020.
Disposición adicional octava. Actualización de las referencias relativas al régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2024 y a la aplicación del reintegro de las liquidaciones negativas del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía correspondientes a 2008 y 2009.
Disposición adicional novena. Gestores provisionales de la red troncal de hidrógeno.
Disposición adicional décima. Medidas para agilizar la licitación y ejecución de determinadas infraestructuras viarias en Cataluña.
Disposición adicional undécima. Medidas para agilizar la licitación y ejecución de determinadas infraestructuras ferroviarias en Cataluña.
Disposición adicional duodécima. Reintegro de subvenciones a favor de entidades locales y universidades públicas concedidas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
[Disposiciones transitorias]
Disposición transitoria primera. Aplicación de las medidas del artículo 4 sobre obligaciones en materia de gestión del riesgo relacionado con las tecnologías de la información y la comunicación de los operadores de sistemas de pago, de operadores de esquemas de pago, de los operadores de acuerdos de pago electrónico, de los proveedores de pagos y de otros proveedores de servicios tecnológicos o técnicos.
Disposición transitoria segunda. Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, para el año 2024.
Disposición transitoria tercera. Presentación de garantías de los permisos de acceso y conexión para instalaciones de demanda ya otorgadas.
Disposición transitoria cuarta. Caducidad de los permisos de acceso y conexión para instalaciones de demanda ya otorgados.
Disposición transitoria quinta. Otorgamiento de permisos de acceso para instalaciones ubicadas en territorios no peninsulares cuya instalación es necesaria para garantizar la seguridad de suministro.
Disposición transitoria sexta. Declaración de nudos susceptibles de concurso de demanda.
Disposición transitoria séptima. Procedimientos de otorgamiento de concesión de aguas para almacenamiento hidráulico de energía iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
Disposición transitoria octava. Suspensión de la disposición transitoria decimosexta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Disposición transitoria novena. Bases mínimas, máximas y tope máximo de cotización de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, aplicación del Mecanismo de Equidad intergeneracional y determinación de la cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas.
Disposición transitoria décima. Norma para la aplicación de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Disposición transitoria undécima. Régimen transitorio aplicable a los procedimientos judiciales.
[Disposiciones derogatorias]
Disposición derogatoria única. Normas derogadas.
[Disposiciones finales]
Disposición final primera. Modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 29/2022, de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.
Disposición final décima. Salvaguarda del rango de ciertas disposiciones reglamentarias.
Disposición final undécima. Habilitación normativa.
Disposición final duodécima. Títulos competenciales.
Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.
ANEXO I. Fondo de Coinversión, F. C. P. J.
ANEXO II. Actuaciones de ejecución inmediata en las cuencas afectadas por la sequía.
ANEXO III. Actuaciones prioritarias en las cuencas afectadas por la sequía.
ANEXO IV. Sistema de la Seguridad Social.
ANEXO V.
Para consulta sobre esta noticia/información:
contacta@unproblemadetodos.com