IVA: LAS ENTREGAS DE VIVIENDAS SEGUIRÁN ESTANDO GRAVADAS AL TIPO DEL 4% HASTA DICIEMBRE DE 2012.

Según la opinión de los profesionales en esta materia, con la cual nosotros estamos de acuerdo, la entregas de las viviendas y/o cantidades entregadas a cuenta de las mismas, seguirán estando gravados al tipo super reducido del 4% hasta el 31 de diciembre de 2012.La publicación de la Ley 20/2012 en la que se establece la subida generalizada de los tipos impositivos del IVA, entre ellos la subida del 8% al 10% en la entrega de viviendas y/o cantidades entregadas a cuenta de las mismas, a partir del 1 de septiembre de 2012, suscitó en alguna medida una preocupación entre los compradores de dichas viviendas, ya sea de renta libre como de protección oficial, régimen general o iniciativa autonómica.
Según la opinión de los profesionales en esta materia, con la cual nosotros estamos de acuerdo, la entregas de las viviendas y/o cantidades entregadas a cuenta de las mismas, seguirán estando gravados al tipo super reducido del 4% hasta el 31 de diciembre de 2012.La publicación de la Ley 20/2012 en la que se establece la subida generalizada de los tipos impositivos del IVA, entre ellos la subida del 8% al 10% en la entrega de viviendas y/o cantidades entregadas a cuenta de las mismas, a partir del 1 de septiembre de 2012, suscitó en alguna medida una preocupación entre los compradores de dichas viviendas, ya sea de renta libre como de protección oficial, régimen general o iniciativa autonómica.
Tras los primeros momentos y volver a releer la legislación vigente al respecto, en especial el Real Decreto Ley 9/2011, en época de la Presidencia del Sr. Zapatero, y el Real Decreto Ley 20/2012, siendo ya Presidente del Gobierno el Sr. Rajoy, se puede llegar a la conclusión siguiente:
A partir de la entrada en vigor de la Ley 20/2012, en su artículo 23.Tercero, establece que el tipo impositivo a partir del 1 de septiembre, pasará del 8% al 10%.
Pero sin embargo se mantiene el tipo impositivo del 4% hasta el 31 de diciembre de 2012, por la Disposición Final Quinta del Real Decreto Ley 20/2012, que modificó la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Ley 9/2011.
Esperemos que los profesionales del sector, entre ellas, las Promotoras que son las obligadas a emitir las facturas, sepan adaptarse a esta normativa, que beneficia de una manera importante a los compradores de vivienda.
Recordemos que las viviendas de Protección Oficial de régimen especial o de promoción pública mantendrán el tipo super reducido del 4%.
Nos preguntamos por qué la Ley 37/1992 en su actual redacción y poniendo de ejemplo los artículos ARTÍCULO 90 y 91. Tipos Impositivos, sedice:Se aplicará el tipo del 21%, 10 % y 4% cuando dichos tipos entrarán el vigor el 1 de septiembre de 2012.
Anexo:
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