La Junta de Andalucía prorroga la Orden 2015 para el año 2016 coeficientes catastrales
Sablazo fiscal, efecto que para los contribuyentes vulnerables de Andalucía, tiene la prórroga de la Orden año 2015, para 2016.
Una vez que las Comunidades Autónomas, las últimas, Aragón y Comunidad Valenciana, han publicado las Órdenes donde se fijan los coeficientes para el año 2016, excepto Andalucía, desde este portal hemos consideramos como un sablazo fiscal, el efecto que para los contribuyentes vulnerables de la Junta de Andalucía, tiene la prórroga de la orden del año 2015, para el año 2016, donde se fijan los coeficientes aplicables a los valores catastrales de los municipios de Andalucía para determinar el valor real de los inmuebles. Como en otros artículos anteriores, a partir de hoy, día 7 de junio, el calificativo que debíamos emplear para la Junta de Andalucía, tendría que ser bastante más duro, que lo dejamos a elección de nuestros usuarios, debido a que en este año 2016, se superará en creces la fecha de la publicación de la nueva Orden donde se aprueben los coeficientes aplicables al valor catastral, respecto a la publicación de la Orden del año 2015.
Volvemos a recordar que la prórroga de la Orden de los coeficientes aplicables al valor catastral viene establecida en el propio Decreto Legislativo 1/2009, entendemos que con el solo afán recaudatorio y sin ninguna cobertura jurídica, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Tributos Cedidos, en su artículo 37.2., donde de manera lacónica y sucinta, y con total indiferencia para sus contribuyentes vulnerables, dice literalmente:
“Por Orden de la Consejería competente en materia de Hacienda se publicarán anualmente los coeficientes aplicables al valor catastral y la metodología seguida para su obtención. La Orden del año anterior se considerará automáticamente prorrogada, en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva”
Esta inactividad normativa, está siendo ya costumbre generalizada en la Junta de Andalucía, recordemos que la publicación en el BOJA de la Orden del año 2011 fue publicada el 02 de marzo de 2011; la de 2012, el 21 de febrero de 2012; la de 2013, el 25 de febrero de 2013; la de 2014, el 17 de julio de 2014; y por último, la de 2015, el 2 de junio de 2015, todo ello sin lugar a dudas, debido a los ingresos extraordinarios que de la misma recauda durante el plazo en que la prórroga esté en vigor.
La propia Junta de Andalucía sabe perfectamente que los coeficientes aplicables al valor catastral que se fijen para el año 2016, serán inferiores, en su mayoría, a los que determina la Orden prorrogada, ya que aquellos no sólo no recogen la variación del mercado inmobiliario a la baja producida durante el año 2015, sino lo que es más importante y más escandaloso, es que tampoco recogen la actualización de los valores catastrales para el año 2016, en aquellos municipios que lo han llevado a cabo de una manera voluntaria.
Los Tribunales, en especial, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, deberían de poner coto, a esta inactividad de la Administración de la Junta de Andalucía, en perjuicio de sus contribuyentes vulnerables, anulando todas las liquidaciones complementarias que se lleven a efecto, en base a la metodología de los coeficientes catastrales desde el 1 de enero de 2016, hasta la fecha de publicación de la nueva Orden, ya que de lo contrario estaría perjudicando a los contribuyentes vulnerables de Andalucía y primando el afán recaudatorio de la Junta, dando pie a que esta práctica se siga llevando a cabo por la Agencia Tributaria Andaluza, sin ningún tipo de control.
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"Dicho con otras palabras: el Derecho administrativo no debe limitarse a estudiar la forma (legal o ilegal) que tiene la Administración de aplicar las normas, sino que debe extender su análisis a la propia inaplicación de tales normas (la llamada inactividad administrativa), que es una de las formas más refinadas de ilegalidad".
Alejandro Nieto. La vocación del Derecho Administrativo en nuestro tiempo. |
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