Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas
Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas
En Andalucía al igual que en otras Comunidades para poder acceder en propiedad o alquiler a una vivienda de protección oficial, según lo establecido en los Planes Estatales de Vivienda y Rehabilitación, así como, en los Planes Concertados de Vivienda y Suelo de Andalucía, los solicitantes deben de inscribirse en los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivivendas Protegidas que deberán estar abiertos en todos los Ayuntamientos de la Comunidad o en sus respectivas Empresas Municipales de Vivienda.
Todos los Ayuntamientos deberán tener aprobadas y publicadas las Normas reguladoras del Registro Municipal de Demandantes y de la Selección de Adjudicatarios de Viviendas Protegidas y el Baremo del Registro de Demandantes.
.- REGLAMENTO REGULADOR DE LOS REGISTROS PÚBLICOS MUNICIPALES DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1/2012, DE 10 DE ENERO (BOJA nº 19)
Para más información:
Si una persona está interesada en inscribirse en el Registro de Demandantes de un Ayuntamiento de Andalucía, y conocer su tramitación, así como, para informarse de la oferta de Promociones de Vivienda Pública de ese municipio, podrá entrar en la página del Ayuntamiento o Empresa municipal, según relación de municipios que acompañamos.
En dicha web tendrá que tener colgado la ordenanza no fiscal reguladora del Registro público municipal de demandantes de vivienda protegida de las distintas provincias.
Relación de Ayuntamientos y Empresas Municipales:
NORMATIVA:
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