28/11/2011

Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas

Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas

En Andalucía al igual que en otras Comunidades para poder acceder en propiedad o alquiler a una vivienda de protección oficial, según lo establecido en los Planes Estatales de Vivienda y Rehabilitación, así como, en los Planes Concertados de Vivienda y Suelo de Andalucía, los solicitantes deben de inscribirse en los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivivendas Protegidas que deberán estar abiertos en todos los Ayuntamientos de la Comunidad o en sus respectivas Empresas Municipales de Vivienda.

Todos los Ayuntamientos deberán tener aprobadas y publicadas las Normas reguladoras del Registro Municipal de Demandantes y de la Selección de Adjudicatarios de Viviendas Protegidas y el Baremo del Registro de Demandantes.

.- REGLAMENTO REGULADOR DE LOS REGISTROS PÚBLICOS MUNICIPALES DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1/2012, DE 10 DE ENERO (BOJA nº 19)

 

Para más información:

.- Página Junta de Andalucía. 

Si una persona está interesada en inscribirse en el Registro de Demandantes de un Ayuntamiento de Andalucía, y conocer su tramitación, así como, para informarse de la oferta de Promociones de Vivienda Pública de ese municipio, podrá entrar en la página del Ayuntamiento o Empresa municipal, según relación de municipios que acompañamos.

En dicha web tendrá que tener colgado la ordenanza no fiscal reguladora del Registro público municipal de demandantes de vivienda protegida de las distintas provincias.

  Relación de Ayuntamientos y Empresas Municipales:

     .- Almería.

     .- Cádiz.

     .- Córdoba.

     .- Granada.

     .- Huelva.

     .- Jaén.

     .- Málaga.

     .- Sevilla.

 

NORMATIVA:

.- El 30 de enero de 2012, el BOJA nº 19 publica el Decreto 1/2012, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida y se modifica el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

.- ORDEN de 25 de noviembre de 2009, por la que se regula la Concesión de Subvenciones para la Constitución de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas y se efectúa convocatoria. (BOJA nº 243 de 15 de diciembre de 2009)

.- Orden de 1 de julio de 2009, por la que se regula la selección de los adjudicatarios de viviendas protegidas a través de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 137 de 16 de julio de 2009)

 

OTROS ANUNCIOS:

.- Resolución de 14 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Vivienda, por la que se hace pública la concesión de subvenciones para la constitución de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas a los Ayuntamientos, Entes Públicos Locales y Entidades Supramunicipales relacionados a continuación, conforme a lo dispuesto en la Orden de 25 de noviembre de 2009, de esta misma Consejería. (BOJA nº 190 de 27 de septiembre de 2011).

 

NOTICIAS RELACIONADAS:

.-  El BOJA publica la nueva regulación de los Registros Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida y modifica el Reglamento de VPO.

.-Demandantes de Viviendas Protegidas: Pasen por Registro.

.- Registro de demandantes de viviendas protegidas: BLA, BLA, BLA

.- Abierto el plazo en Córdoba capital para inscribirse en el Registro municipal de demandantes de Viviendas Protegidas.
Fuente: www.unproblemadetodos.com
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