16/06/2009

Un mundo en los tipos de interés hipotecarios de la Vivienda Protegida.

Debemos de reconocer que los documentos, entiéndase, contrato y escrituras que formalizamos cuando compramos una vivienda protegida, no dejan de ser contratos de adhesión, como si de un contrato de seguro hiciéramos. (16-junio-2009)

Debemos de reconocer que los documentos, entiéndase, contrato y escrituras que formalizamos cuando compramos una vivienda protegida, no dejan de ser contratos de adhesión, como si de un contrato de seguro hiciéramos. Tales son la cantidad de Decretos, Leyes, Órdenes y demás que regulan este tipo de documentos, que la voluntad de las partes se mantienen al margen de una relación contractual al uso.

Entre lo que está regulado de una manera taxativa, para bien o para mal, son los tipos de interés hipotecarios, que dependen tanto del Plan Estatal como de los Programas a los que se acoge. Para facilitar los tipos de interés vigentes de los préstamos hipotecarios, regulados desde el Plan 1992 hasta 2012, hemos confeccionado una tabla, donde se pueden apreciar el tipo de interés para cada programa, así como la Normativa que lo regula. Recordemos que a excepción del programa 2009 – 2012 estará fijado en el Euribor + un diferenciar, el resto de los programas es fijo durante el tiempo que se establece, normalmente, entre tres y cinco años, y lo establece el Consejo de Ministros.

Tabla de tipo de interés préstamos hipotecarios Vivienda Protegida

Fuente: www.unproblemadetodos.com
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