Comprobación de Valores

12/12/2013

ACTUALIZACIÓN VALORES CATASTRALES 2014: BOFETADAS FISCALES A TRES BANDAS

El BOE nº 296 de 11 de diciembre de 2013, publica la relación de municipios que han decidido "voluntariamente" acogerse a lo establecido en la normativa que últimamente se ha ido aprobando, y aplicar los coeficientes que serán aprobados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 a los valores catastrales, haciendo oídos sordos a la caída de los precios en el sector inmobiliario y abriendo la caja de Pandora para una subida generalizada en la fiscalidad inmobiliaria.

13/11/2013

COMPROBACIONES DE VALORES: TIPOS DE GRAVÁMENES REDUCIDOS EN ANDALUCÍA Y TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA.

Estudiamos en este artículo una norma que ha estado presente desde hace mucho tiempo en las disposiciones reguladoras de la tasación, por lo cual, si se cumple determinados requisitos prevalece la valoración realizada por los interesados, o lo que es lo mismo, la Administración permite a los interesados declarar por segunda vez un nuevo valor que puede ser aceptado automáticamente por la misma.

22/10/2013

COMPROBACIÓN DE VALORES: EL TEAR DE ANDALUCÍA IMPONE CORDURA.....POR AHORA.

Por fin, y gracias a los recursos interpuestos en los procedimientos contenciosos-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y cuyos fallos han sido estimatorios a favor del sujeto pasivo, en relación a las liquidaciones complementarias que lleva a cabo la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía basándose en el método de comprobación por aplicación de los coeficientes multiplicadores a valor catastral, podemos decir que el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, a partir de primero de este año, de una manera ya generalizada, y al asumir el criterio reiterado y seguido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, parece ser, que está estimando todas aquellas reclamaciones interpuestas, siempre y cuando que en el expediente de comprobación de valores enviado por la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, no se haya determinado cómo se alcanza el valor catastral del inmueble actualizado a la fecha de trasmisión.

04/10/2013

REGISTROS FISCALES: PÉRDIDA DE VIGENCIA DE LOS VALORES CATASTRALES POR EL TRANSCURSO DEL TIEMPO

Es importante conocer por los sujetos pasivos de las diferentes Agencias Tributarias de las Comunidades Autónomas, que reciban liquidaciones complementarias y expediente de comprobación de valores de bienes inmuebles urbanos, en base al artículo 57.1.b) de la Ley General Tributaria, que se basa en la aplicación de coeficientes aplicables al valor catastral, que dicho método de valoración, según nuestro criterio, NO ES EL ADECUADO, cuando ha pasado más de 10 años desde la entrada en vigor de la Ponencia de Valores en su municipio, por lo que pueden alegar dicho motivo, entre otros, si se lleva a cabo el recurso correspondiente, solicitando la anulación de dicha liquidación complementaria.

24/09/2013

COMPROBACIÓN DE VALORES Y LIQUIDACIONES COMPLEMENTARIAS: ACTUACIONES A LLEVAR A CABO POR EL SUJETO PASIVO

Es frecuente y comprensible que ante una notificación de expediente de comprobación de valores y liquidación complementaria definitiva para su pago, por parte de las Agencias Tributarias de las diferentes Comunidades Autónomas, el sujeto pasivo, contribuyente u obligado tributario, no sepa como actuar ante el contenido de las notificaciones recibidas, en especial de lo que en el argot administrativo se llama "pie de página", donde se refleja la información general sobre las liquidaciones del impuesto, cómo se ha obtenido el valor comprobado por la Administración; los recursos que se pueden llevar a cabo y los plazos para los mismos; cómo llevar a cabo la suspensión del ingreso de las liquidaciones practicadas sin necesidad de aportar aval; la solicitud de la tasación pericial contradictoria; la solicitud del aplazamiento y fraccionamiento de la cuota a pagar, etc.

07/08/2013

EL TEAR DE ANDALUCÍA Y LAS COMPROBACIONES DE VALORES EN BASE A LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES DE LOS VALORES CATASTRALES

El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía emite Resolución de fecha 14 de junio de 2013 (Reclamación 53-00224-2013), anulando una liquidación complementaria llevada a cabo por la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, Oficina Liquidadora de Jerez de la Frontera, basándose en la falta de motivación en lo relativo al valor catastral actualizado, para llevar a cabo el valor real del inmueble por aplicación de los coeficientes multiplicadores al valor catastral para determinar dicho valor.

31/07/2013

AGENCIA TRIBUTARIA ANDALUZA: CIEN RAZONES Y UN AUTO DE TSJA PARA RECURRIR.

Hasta ahora todas aquellas personas y/o contribuyentes vulnerables que venimos recurriendo los diferentes actos de la Agencia Tributaria, tanto en gestión como liquidación, inspección y sanciones teníamos, entre otros, podemos tener cien razones para recurrir los mismos, a partir de ahora también tenemos un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, parece ser que con fecha 17 de mayo de 2013, en el que plantea una cuestión de inconstitucionalidad contra el Decreto-Ley 2/2013, de 12 de marzo del Gobierno Andaluz que acordó convalidar todos los actos administrativos de la Agencia Tributaria de Andalucía, tras la aprobación de los Estatutos de esta entidad y que fueron anulados por otra sentencia del alto Tribunal Andaluz.

28/06/2013
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MUNICIPIOS COSTEROS Y EL VALOR COMPROBADO

 
21/06/2013

COMPROBACIÓN DE VALORES Y SANCIONES TRIBUTARIAS: SEGUNDA LECTURA.

Hace días publicamos una noticia en el sentido de dar a conocer la posibilidad de que en las autoliquidaciones que se lleven a cabo por trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentos, en el que se fije como base imponible un valor que no se ajustase a lo que recogía el artículo 10.1. de la Ley del Impuesto sobre Patrimonio, en especial inferior al valor catastral, el sujeto pasivo de la operación de compraventa podía recibir una propuesta de sanción, pero queremos ahora informar, a nuestro entender, de cómo se puede llevar, una vez realizada la autoliquidación inicial, una autoliquidación complementaria, fijando dicho valor catastral o un valor superior como base imponible, antes de que se reciba cualquier notificación de la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma para evitar dicha sanción.

11/06/2013

COMPROBACIONES DE VALORES Y SANCIONES TRIBUTARIAS

Sorprendentemente y debido quizá a la situación actual a la baja del mercado inmobiliario, y al desconocimiento de los intervinientes en la escritura de compraventa, bien sujetas a Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales o a IVA, por otra parte lógico, las Agencias Tributarias Autonómicas, están llevando a cabo propuestas de liquidaciones de sanciones, dirigidas a los compradores, ya que los valores fijados en dichas escrituras de compraventa, no se ajustan a lo que se recoge en el artículo 10.1. de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, en especial cuando dicho valor es inferior al valor catastral del bien inmueble trasmitido.

28/05/2013

LA JUNTA DE ANDALUCÍA OLVIDA A SUS CONTRIBUYENTES VULNERABLES

En estos tiempos que corren, donde proliferan todo tipo de asociaciones, organizaciones y plataformas en defensa de usuarios y consumidores de toda índole, parece que se olvidan de los deudores tributarios, que nosotros los denominaremos a partir de ahora contribuyentes vulnerables. Esto le ha ocurrido al Presidente de la Comunidad Autónoma de la Junta de Andalucía que en su intervención en el Parlamento de Andalucía de fecha 25 de abril de 2013 (9-13/POP-000164), anuncia una propuesta de cambio normativo para la protección de lo que él llama "Deudores Vulnerables", encuadrados en el Derecho civil, Derecho hipotecario y Derecho mercantil, olvidándose de los deudores encuadrado en el Derecho tributario, y que no son otros que los contribuyentes.

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